El Blog de Elche Detectives

El código del buen detective privado.

Código detective privado

El código del buen detective privado.

Vamos a dedicar esta entrada del Blog Elche Detectives & Asociados a exponer el listado de los deberes y las obligaciones que conforman Código Deontológico del detective privado.
La Asociación Profesional de Detectives Privados de España (APDPE) presenta en su web un Código Deontológico con esos deberes y obligaciones. También el Colegio Oficial de Detectives Privados de la Comunidad Valenciana publica en su web  un Código Deontológico.

 

La necesidad de este Código.

Junto con los requisitos obligatorios que vimos en el post titulado ¿Qué tienes que estudiar para ser Detective privado?, en la Comunidad Valenciana es necesario inscribirse en el Colegio Oficial de Detectives Privados de esta comunidad autónoma para poder ejercer nuestra profesión. Efectivamente nuestra Agencia Elche Detectives & Asociados está colegiado y como tal sigue los principios del Código Deontológico presentado por el Colegio Oficial de Detectives Privados.

Mediante el cumplimiento de esas normas Elche Detectives & Asociados garantiza el correcto ejercicio de nuestra profesión. El correcto cumplimiento de esas obligaciones y normas es una garantía de nuestra profesionalidad, de hecho una de las primeras obligaciones es precisamente conocer el Código, sin que su ignorancia exima de su cumplimiento. Si el investigador privado no se rige en el ejercicio de su profesión por esas normas y obligaciones cometerá una infracción que será objeto de sanción disciplinaria, con arreglo a la normativa reguladora del régimen disciplinario colegial.

El código del buen detective privado. Elche Detectives

 
Ese Código recoge una serie de obligaciones de los detectives privados en su relación con los clientes. Entre ellas destaca que el detective privado únicamente podrá tratar o investigar un asunto por solicitud de su cliente o bien de otro detective. Otra obligación interesante es la que afirma que el detective privado está obligado a proteger los intereses de su cliente siempre que no se opongan a sus deberes profesionales, del mismo modo que no deberá aceptar asuntos que sean de intereses contrapuestos a los suyos.
Además, esas normas también recogen las obligaciones del detective privado respecto a la Administración pública y a los Tribunales Jurisdiccionales. Por un lado, es importante recalcar que el detective está obligado a guardar lealtad y respetar la veracidad en sus informes y declaraciones. Por otro lado, los investigadores privados también deben comunicar a las autoridades policiales si descubren la comisión de algún acto tipificado como delito. Si las autoridades solicitan a un investigador privado la información de que disponga sobre un delito deberá otorgarla con la mayor urgencia y sólo podrá denegarla cuando, esa información atente contra sus derechos.
 
 
 
 

Principios fundamentales del Código y Ética Profesional. 

Recogemos a continuación los principios fundamentales incluidos en el  Código Deontológico y de Ética Profesional aprobado por Colegio Oficial de Detectives Privados de la Comunidad Valenciana (CODPCV) con fecha del 30 de mayo de 2004. Nos referimos a este Código porque precisamente es el aplicable a los Detectives Privados colegiados en el CODPCV, como es el caso de Elche Detectives & Asociados.
Los principios fundamentales que deben presidir el ejercicio profesional del Detective Privado son los siguientes:
  1. Independencia. Este principio señala que el Detective Privado actúa con libertad e independencia totales, siempre y cuando r3espete y observe las leyes y las normas éticas. 

    Relacionado con lo anterior también cita la objetividad como principio en el desarrollo de las investigaciones encomendadas por sus clientes.
  2. Honestidad. Otro principio fundamental es el de la honestidad, según el cual el detective debe ser veraz, leal y diligente tanto en el desarrollo de sus funciones y en la relación con sus clientes, como en su trato con colegas y con la Administración pública. Además señala que el investigador deberá evitar posiciones de conflicto con los mismos.
  3. Dignidad. Éste es otro principio muy importante por el cual el investigador privado debe actuar conforme a las normas de honor y de dignidad de la profesión, y, por lo tanto, debe alejarse de todo comportamiento que suponga una infracción o un descrédito.
  4. El siguiente principio versa sobre el interés del cliente y está relacionado con el anterior. Señala que el detective privado debe atender con diligencia los intereses de su cliente. Conviene remarcar que los intereses de su cliente deben primar en el desarrollo de la investigación, por encima de los suyos propios.
  5. El Carácter reservado de las investigaciones se refiere a que el investigador privado tiene el deber y el derecho de guardar secreto profesional sobre los hechos e información que averigüe por su actuación profesional.
  6. El detective privado debe respetar el régimen de incompatibilidades establecido para su profesión, según el cual no podrá ser funcionario de ninguna Administración pública.
  7. Del principio de compromiso con la búsqueda de la veracidad se desprende que el investigador privado está obligado a informar únicamente sobre aquellos hechos de los cuales conoce su origen. Además esos hechos deberán haber sido obtenidos a través de medios materiales o técnicos que no podrán atentar contra el derecho al honor, a la intimidad personal o familiar o a la propia imagen o al secreto de las comunicaciones.
  8. Según el principio de veracidad, la veracidad de la información aportada por el detective en sus investigaciones tanto ante su cliente, como ante la Administración de Justicia, ampara su libertad de expresión y el deber de ratificación. Esa libertad y ese deber serán siempre ejercidos con responsabilidad.
  9. Finalmente el principio de función social, establece que el investigador  privado como colaborador en la función pública tanto con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como con la Administración de Justicia, orientará sus actuaciones como servicio a la sociedad.
 
El código del buen detective privado. Elche Detectives
 

El secreto profesional.

Uno de los principios que merece especial atención es el del carácter reservado de las investigaciones, lo cual significa que el detective privado debe y puede guardar secreto profesional respecto de los hechos que conozca por razón su actuación profesional. Esto supone que el detective no puede revelar ni hechos ni datos de carácter reservado o confidencial, ni de su cliente, ni del Investigado o de otro compañero, a terceras personas; a excepción de los órganos judiciales y policiales competentes para el ejercicio de sus funciones.
Esta obligación de respetar el secreto profesional se mantiene incluso después de haber terminado la prestación del servicio contratado. Además, el investigador privado comunicará únicamente a su cliente cualquier tipo de información verbal, informe escrito, o cualquier prueba que haya obtenido en su investigación profesional.
                                                                                             
Más información:

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M. Medina
Licenciada en Criminología por la Universidad de Alicante. Detective Privado con Licencia. 1692. Asociado nº 947. Apdpe (Asociación Profesional Detectives Privados de España). Colegiado nº127. Colegio Oficial Detectives Privados Comunidad Valenciana. Profesor colaborador Universidad de Murcia. Miembro de Global Forensic Alliance. Profesora Escuela Superior Criminalística. Perito Informático. Título de Director de Seguridad. Título de Jefe de Seguridad. CEO en Elche Detectives & Asociados. Grupo E.D.A.

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