Protección Medio Ambiente

servicios de vigilancia y control medioambiental

Protección Medio Ambiente

Desde 1978 aparece por primera vez en España una constitución en la que se aprecia cierta preocupación por el Medio ambiente, se incorpora por primera vez en nuestro Derecho Constitucional la noción de calidad de vida y se constitucionaliza el deber de conservar el entorno. Así, en el Artículo 45 se declara que:
  1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
  2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la      indispensable solidaridad colectiva.
  3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.

La preocupación de la sociedad española por todos los asuntos medioambientales ha evolucionado en España de una forma y manera claramente ascendente. Las investigaciones sobre la defensa del medio ambiente son uno de nuestros mayores orgullos, gracias a nuestros informes cualquier particular, empresa o asociación podrá denunciar ante los medios de comunicación o ante las autoridades pertinentes los actos cometidos por terceros al respecto.

La noción de delito ecológico concierne generalmente los siguientes campos:
  • Emisión (crónicas o puntuales e importantes) contaminante que afecte al agua, el aire, el suelo o la salud humana o de los ecosistemas.
  • Puesta en peligro de especies en peligro de extinción para su tráfico o por medio de la destrucción de su hábitat.
  •  Puesta en peligro de los demás o del medio ambiente por una  mala gestión de desechos peligrosos, tóxicos, radiactivos, etc.
  • Explotación o sobreexplotación ilegal de un recurso (deforestación, sobrepesca, etc.)

Atentados contra Flora y Fauna

  • Maltrato animal.
  • Tráfico ilegal de especies protegidas.
  • Caza y pesca furtivas.
  • Uso de artes prohibidas.

Emisión de vertidos ilegales

  • Vertidos ilegales en atmósfera, agua y suelo, así como vertederos clandestinos.

Utilización ilegal de recursos

  • Actuaciones prohibidas en espacios protegidos.
  • Utilización ilegal de recursos naturales o en periodos de restricción.

Ordenación del territorio

  • Obras y edificaciones ilegales.